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Pluralísmo jurídico: ¿De que trata la nueva norma aprobada por la Convención Constitucional?

El miércoles 02 de marzo, fue aprobada por mayoría el pluralismo jurídico, artículo que será incluido a la propuesta de nueva Constitución. La iniciativa contó con una diferencia de 74 votos, donde 113 fueron a favor, 39 en contra y solo 2 abstenciones. 

La norma permite la creación de tribunales indígenas, y sostiene que la ley determinará los mecanismos de coordinación, cooperación y de resolución de conflictos de competencia entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales.

“El Estado reconocerá los sistemas jurídicos de los Pueblos Indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia. 

Por tanto, se deberan respetar los derechos fundamentales que establece esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales en cuanto a los derechos humanos de los que es parte Chile.

 “La ley determinará los mecanismos de coordinación, cooperación y de resolución de conflictos de competencia entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales”.

La realidad de esta normativa, es que aún no se establece como será la diferencia entre los sistemas jurídicos. Los convencionales defensores del pluralismo jurídico, enfatizaron en que se trata en un comienzo y que más adelante, se verán los mecanismos y la orgánica respectiva.

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